Hace muchos años, aquellos hombres de negocios que tuvieran la intención de crecer en el país sus empresas e industrias, al comprar activos fijos e inversiones y usarlas en México (territorio nacional), podían gozar de un estímulo fiscal que era totalmente legítimo, relacionado a poder deducir prácticamente el 100% de la inversión realizada en Capex durante un mismo año calendario.
¿A dónde se fue dicha posibilidad? Pues bien, como era de esperarse, las autoridades fiscales lo quitaron de las leyes federales hace un par de años, porque este estímulo mermó la recaudación en el país de las empresas que lo hacían.
Ahora bien, cuando una empresa se encuentra en proceso de expansión, ya sea pequeño, mediano o grande, lo que quieren los socios, es que, sus inversiones sean deducibles en el momento en el cual están creciendo (no después), porque, pagar muchos impuestos en el proceso de crecimiento merma las finanzas y el flujo de efectivo de los negocios. Esto era completamente comprensible para el SAT hace un par de años, pero ahora, con las nuevas necesidades en materia de recursos que tiene el actual gobierno, ya no lo es del todo.
La pregunta obligada es ¿cómo contribuyente tengo otra alternativa para poder deducir de forma legal el 100% de la compra de activos que realice durante mi periodo de expansión y pagar después los impuestos correspondientes? En pleno 2022 la respuesta es sin duda, sí.
Piénsalo de esta forma, si tu como dueño de un negocio importante no estás haciendo nada para deducir tus activos de forma rápida e inteligente, pero si tu competencia, entonces, claramente no estás en una posición ventajosa ante ella.
Existen caminos distintos, aquí te doy algunas alternativas:
Enajenación desde la empresa operativa hacia una arrendadora dedicada a los bienes muebles mediante la figura arrendamiento financiero
Esta figura tiene un par de temas delicados, toda vez que existen una serie de pasos y contratos que se deben de documentar a la perfección. Debemos de recordar, que esta figura vendría bien únicamente como un diferimiento del impuesto.
Combinación de pagos anticipados por contrato con opción de servicios
Al igual que la figura anterior, esta idea se trata de un diferimiento de los impuestos (principalmente de ISR). Es cierto que para 2022 blindaron la parte de los servicios en los activos, no obstante, dejaron la puerta abierto para otras ideas.
Es importante recordar que de elegir cualquier de estos caminos como contribuyente, se deben de cumplir con todos y cada uno de los requisitos que las leyes en la materia contemplan, de no hacerlo, el beneficio puede perderse e incluso, el daño puede ser mayor si no es llevado de la mano por un verdadero experto fiscal.
Tener en cuenta los esquemas reportables es sin duda, una de ellas, así como bajo control los precios de transferencia al fin de blindar la operación.